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dc.date.accessioned2018-07-04T18:39:53Z
dc.date.available2018-07-04T18:39:53Z
dc.date.issued1995-09-19
dc.identifier.urihttp://repositorio.msp.gob.do/handle/123456789/761
dc.description.abstract[Considerando]. De acuerdo a la Constitución de la República, es deber del Estado proteger la maternidad, a fin de lograr un sano desarrollo de la infancia dominicana, tomando todas las medidas que tiendan a promoverlo, contribuyendo en consecuencia a la disminución de la mortalidad infantil, Se declara como prioridad nacional la promoción, enseñanza y difusión de la práctica de la lactancia materna, por ser esta indispensable para garantizar un sano desarrollo y crecimiento de los niños y niñas, quienes reciben de su madre no solo los nutrientes necesarios, sino también protección inmunologíca y apoyo socio-afectivo.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherConsultoría Jurídica del Poder Ejecutivoes_ES
dc.subjectLactancia Maternaes_ES
dc.subjectLegislación Sanitariaes_ES
dc.subjectSalas de Partoes_ES
dc.subjectResponsabilidad Parentales_ES
dc.titleLey No. 8-95 del 19/09/1995 que declara como prioridad nacional la Promoción y Fomento de la Lactancia Maternaes_ES
dc.typeLeyes_ES
dc.rights.holderRepública Dominicana, Ministerio de Salud Públicaes_ES
paho.isfeatured0es_ES
dc.contributor.corporatenameRepública Dominicana. [Leyes, etc.]es_ES
dc.publisher.countryRepública Dominicanaes_ES
dc.publisher.citySanto Domingo de Guzmánes_ES


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