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dc.date.accessioned2018-08-20T18:41:48Z
dc.date.available2018-08-20T18:41:48Z
dc.date.issued2001-08-01
dc.identifier.urihttp://repositorio.msp.gob.do/handle/123456789/861
dc.description.abstract[Considerando]. según el Articulo 12 de la Ley No. 42-01, La SESPAS, como entidad rectora del Sistema Nacional de Salud, promoverá y desarrollará las estrategias de descentralización y desconcentración, con los propósitos de acercarse en forma creciente a individuos, familias y comunidades, como usuarios de los servicios, para responder sensible y adecuadamente a las necesidades manifiestases_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherConsultoría Jurídica del Poder Ejecutivoes_ES
dc.subjectPrestación de Atención de Saludes_ES
dc.subjectOrganización y Administraciónes_ES
dc.subjectReforma de la Atención de Saludes_ES
dc.subjectDesarrollo Institucionales_ES
dc.titleDecreto No. 822-01 del 01/08/2001 que instruye a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social para que inicie la desconcentración de la gestión y organización, el apoyo técnico y la evaluación de los servicios de salud a las expresiones territoriales, conforme el Art13 de la Ley No. 42-01es_ES
dc.typeDecretoes_ES
dc.rights.holderRepública Dominicana, Ministerio de Salud Públicaes_ES
paho.isfeatured0es_ES
dc.contributor.corporatenameRepública Dominicana. [Leyes, etc.]es_ES
dc.publisher.countryRepública Dominicanaes_ES
dc.publisher.citySanto Domingo de Guzmánes_ES


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