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Norma de habilitación y requerimientos para la instalación y funcionamiento de los bancos de sangre y servicios de trasfusión Ley 42-01
dc.date.accessioned | 2019-03-06T17:27:59Z | |
dc.date.available | 2019-03-06T17:27:59Z | |
dc.date.issued | 2005-03 | |
dc.identifier.uri | http://repositorio.msp.gob.do/handle/123456789/1301 | |
dc.description.abstract | [Introducción]. La aparición de nuevas enfermedades infecto-contagiosas y el creciente aumento en número, así como la probabilidad de que estas sean transmitidas a través de la transfusión de sangre y hemoderivados, hace necesario normar y regular los Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Sanguínea en nuestro país. Razón por la que tomando en cuenta los mandatos de la Ley General de Salud y la de Seguridad Social y sus correspondientes reglamentos, se elabora esta norma cuyo principal referente es el reglamento para la habilitación y funcionamiento de Bancos de Sangre y servicios de Transfusión, decreto No. 349-04 del 20 de Abril del año 2004; tiene como objetivo asegurar las condiciones particulares en cuanto a los recursos humanos, estructurales y de funcionamiento que aseguren a la población servicios seguros y de calidad en estos establecimientos. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.publisher | SESPAS | es_ES |
dc.subject | Normas Técnicas | es_ES |
dc.subject | Bancos de Sangre | es_ES |
dc.subject | Transfusión Sanguínea | es_ES |
dc.subject | Sangre | es_ES |
dc.subject | ser | es_ES |
dc.subject | Habilitación Sanitaria | es_ES |
dc.subject | Permiso Sanitario | es_ES |
dc.title | Norma de habilitación y requerimientos para la instalación y funcionamiento de los bancos de sangre y servicios de trasfusión Ley 42-01 | es_ES |
dc.type | Documento normativo | es_ES |
dc.rights.holder | República Dominicana, Ministerio de Salud Pública | es_ES |
paho.isfeatured | 0 | es_ES |
dc.contributor.corporatename | República Dominicana, Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social | es_ES |
dc.publisher.country | República Dominicana | es_ES |
dc.publisher.city | Santo Domingo de Guzmán | es_ES |
dc.description.notes | La Dirección General de Habilitación y Acreditación de los establecimientos y servicios de salud que depende de la Subsecretaría Técnica, la Dirección Nacional de Bancos de Sangre y las instancias desconcentradas de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, son las responsables de la ejecución de las ordenanzas contenidas en cada uno de los acápites de esta Norma de Habilitación y Requerimientos para la Instalación y Funcionamiento de esta categoría de servicio en la República Dominicana | es_ES |