Normas particulares de habilitación para la instalación y funcionamiento de consultorios
Resumen
[Introducción]. La necesidad de mejorar la calidad de atención en la prestación de servicios de salud ambulatorio y la definición de las funciones del Ministerio de Salud como ente rector del sector, han generado estas acciones y otras similares, para normalizar las condiciones en que funcionan los establecimientos que brindan servicios en un área de importancia estratégica para el desarrollo social y económico del país como es el área de salud. Es indispensable establecer estándares universales y criterios técnicos mínimos que deben cumplir los consultorios, a partir de los cuales se realizarán las inspecciones y otros tipos de intervenciones de la autoridad sanitaria, a fin de autorizar la apertura y funcionamientos de estos, bajo criterios científicos-técnico que permitan garantizar a la ciudadanía la entrega de servicios de salud en condiciones idóneas. [Objetivo]. Garantizar que los consultorios cumplan con los requerimientos mínimos necesarios para la prestación de servicios de salud, en condiciones de calidad y seguridad para los/as ciudadanos/as que acuden a los mismos.
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