Ley No. 6097 de Organización del Cuerpo Médico de los Hospitales
Resumen
[Artículo I]. Para los fines de la presente ley el cuerpo médico de los hospitales estará integrado por todos los médicos graduados que presten servicios asistenciales en el hospital. El Cuerpo Médico se dividirá en Cuerpo médico Activo y Cuerpo Médico Residente. El Cuerpo médico residente estará constituido por médicos contratados por tiempo definido que prestarán servicios mientras reciben adiestramiento. Para la selección de los candidatos a,ocupar las plaza vacantes de internos en los hospitales del Estado, se permitirá a los aspirantes escoger la plaza disponible que prefiera, siguiendo el orden de las calificaciones obtenidas en la Universidad. En caso de igualdad de calificaciones, la selección se hará por examen de oposición.El cuerpo Médico Activo estará integrado por los médicos que desempeñen regularmente funciones de tipo permanentes en cualquiera de los servicios en la Dirección del Hospital.
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