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Mostrando ítems 61-70 de 116
Decreto No. 350-04 del 20/04/2004 que aprueba el reglamento para la habilitación y funcionamiento de los laboratorios clínicos y de salud pública
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2004-04-20)
[Artículo]. El presente reglamento tiene como objeto establecer las normas particulares que deben cumplir todos los laboratorios clínicos y de salud pública de la República Dominicana para obtener su habilitación así como ...
Decreto No. 349-04 del 20/04/2004 que aprueba el reglamento para la habilitación y funcionamiento de bancos de sangre y servicios de transfusión
(Consejo Nacional de Salud, 2004-04-20)
[Considerando]. La Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social emitió mediante Resolución No. 02585 las normas generales de habilitación en las que se definen los requisitos y procedimientos que deben reunir ...
Decreto No. 351-04 del 20/04/2004 que establece el reglamento para el registro de reactivos para diagnóstico clínico
(Consejo Nacional de Salud, 2004-04-20)
[Considerando]. los reactivos para diagnosticar constituyen un elemento fundamental en los Laboratorios Clínicos y Bancos de Sangre para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de las enfermedades, así como para el ...
Reglamento para la Habilitación de Establecimientos y Servicios de Salud No. 1138-03
(Presidencia de la República Dominicana y Ministerio de Salud Pública, 2003-12-23)
Este documento contiene la Disposición Administrativa de la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social, No.02585 de fecha 23 de octubre del año 2001, que crea la Unidad de Habilitación y Acreditación de los ...
Ley No. 136-03 del 22/07/2003, Código para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2003-07-22)
[Objetivo del código]. El presente código tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos ...
Ley No. 68-03 del 19/02/2003 que crea el Colegio Médico Dominicano
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2003-02-19)
[Articulo 1]. Se crea el Colegio Médico Dominicano como corporación de derecho público interno, de carácter autónomo y con personería jurídica, el cual tendrá su sede y domicilio principal en la cuidad de Sando Domingo, ...
Decreto No. 975-01 del 26/09/2001 faculta a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para que inicie la desconcentración de la gestión y organización, apoyo técnico y evaluación de los servicios de salud a las expresiones territoriales descritas en el presente decreto, conforme lo establecido en el Artículo 13 de la Ley No. 42-01
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2001-09-26)
[Considerando]. El Gobierno Dominicano esta comprometido con la reforma y modernización del Estado y de su administración pública, de manera prioritaria del sector salud, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida ...
Decreto No. 822-01 del 01/08/2001 que instruye a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social para que inicie la desconcentración de la gestión y organización, el apoyo técnico y la evaluación de los servicios de salud a las expresiones territoriales, conforme el Art13 de la Ley No. 42-01
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2001-08-01)
[Considerando]. según el Articulo 12 de la Ley No. 42-01, La SESPAS, como entidad rectora del Sistema Nacional de Salud, promoverá y desarrollará las estrategias de descentralización y desconcentración, con los propósitos ...
Decreto No. 528-01 del 14/05/2001 que aprueba el reglamento general para control de riesgos en alimentos y bebidas en la República Dominicana
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2001-05-14)
[Considerando]. El departamento de control de riesgos en alimentos y bebidas es la unidad técnica de la SESPAS que tiene la responsabilidad de garantizar a la población el acceso a alimentos y bebidas sanos, inocuos y ...
Ley No. 42-01 General de Salud del 10/03/2001
(Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, 2001-03-10)
[Disposiciones Generales] La presente ley tiene como objeto la regulación de todas las acciones que permitan al <estado hacer efectivo el derecho a la salud de la población, reconocido en la Constitución de la República.